Categoría: Derechos de autor

La Cupula Music Blog

Reparto de derechos de autor en España

24/06/2013 en Derechos de autor, por

En España existen 3 sociedades de recaudación y gestión colectiva de derechos asociada a la música y son: SGAE, AGEDI y AIE. Estas sociedades son entidades sin ánimo de lucro y son creadas bajo la aprobación del Ministerio de Culturaimagen ©. Cada una de ellas vela por los intereses de sus asociados y se han especializado en los autores y editores musicales que suelen asociarse a SGAE, los productores fonográficos que suelen asociarse a AGEDI y los artistas y músicos profesionales (ejecutantes) que suelen asociarse a AIE. Cada una de estas entidades velará por salvaguardar los derechos de sus asociados y se encargará también de remunerar a los mismos.

Para que este proceso funcione de forma correcta es necesario que todos los actores den de alta sus respectivas participaciones musicales en sus sociedades de gestión correspondientes. Las compañías discográficas, así como los que se autoproducen sus propios álbumes deberían darse de alta en AGEDI. Los creadores y compositores que escriben sus propias canciones (letra y música) deberían darse de alta en SGAE y todos los músicos profesionales, artistas e intérpretes deberían hacer lo propio en AIE.

Una vez asociados a sus respectivas entidades el siguiente paso es documentar cada una de sus participaciones y registrarlas. Las compañías discográficas deberan informar a AGEDI de sus nuevas referencias publicadas. Los músicos profesionales o artistas que han participado en cualquier grabación tocando cualquier instrumento o que vayan a participar en alguna gira de conciertos también deberían informar y registrar en AIE su participación en los álbumes o giras, y los autores o editores que gestionen obras musicales, registrar dichas obras musicales, con el correspondiente reparto de participación, en la SGAE.

Una vez realizado esto, empezaran a percibir ingresos por concepto de derechos de autor que les corresponde por ley.

Cada vez que una canción suena por la radio o aparece en algún programa de TV o se ejecuta públicamente en algún concierto se están generando derechos de autor por el concepto de "Comunicación Pública". Estos derechos son repartidos a los autores que han escrito la letra o han compuesto la música a través de la SGAE. También son repartidos a los productores fonográficos, propietarios de la grabación (MASTER) que ha sido difundida, mediante AGEDI. Y por último los músicos, artistas o intérpretes que han colaborado en dicha grabación también recibirán parte de estos derechos a través de AIE.

 

 


Mapa del reparto de derechos en España

15/06/2013 en Derechos de autor, por

reparto de derechosDe cara a arrojar cierta luz sobre el complicado sistema de repartos de derechos en España, y saber cómo funciona, hemos elaborado este Calendario de Liquidación de derechos y hemos diseñado el siguiente Reparto de derechos en España.

Televisión, Radios, Ambiente Musical, Discotecas, etc.

  • 10 de Junio, reparto de los derechos producidos en el segundo semestre del año anterior. También se repartirán los derechos procedentes del extranjero recibidos entre Septiembre del año anterior y Febrero del año en curso. 10 de Diciembre, reparto de los derechos producidos en el primer semestre del año. También se repartirán los derechos procedentes del extranjero recibidos entre Marzo y Agosto del año.

Conciertos, melodías de teléfonos móviles e Internet.

  • 26 de Marzo, reparto de los derechos de Conciertos y melodías de teléfonos móviles e Internet correspondientes al último trimestre del año anterior.
  • 28 de Junio, reparto de los derechos de Conciertos y melodías de teléfonos móviles e Internet correspondientes al primer trimestre del año.
  • 27 de Septiembre, reparto de los derechos de Conciertos y melodías de teléfonos móviles e Internet correspondientes al segundo trimestre del año.
  • 27 de Diciembre, reparto de los derechos de Conciertos y melodías de teléfonos móviles e Internet correspondientes al tercer trimestre del año.

Ventas de discos, vídeos, etc.

  • 26 de Marzo, reparto de los derechos generados durante el segundo y tercer trimestre del año anterior, excepto para los derechos correspondientes a Productores Independientes, cuyo devengo es desde Agosto del año anterior a Enero del año en curso. Por otro lado, también se repartirán los derechos procedentes del extranjero recibidos entre Julio y Diciembre del año anterior.
  • 27 de Septiembre, reparto de los derechos generados durante el cuarto trimestre del año anterior y el primer trimestre del año en curso, excepto para los derechos correspondientes a Productores Independientes, cuyo devengo es desde Febrero a Julio del año en curso. Asimismo, se repartirán los derechos procedentes del extranjero recibidos entre Enero y Junio del presente año.

Copia Privada.

  • 26 de Marzo, reparto de los derechos de Copia Privada correspondientes a:
    •  Copia Privada de Radios, tercer y cuarto trimestre de hace 2 años.
    • Copia Privada de Ventas de Discos, cuarto trimestre de hace 2 años y el primer trimestre del año anterior.
    • Copia Privada Internet, para las descargas del cuarto trimestre de dos años atrás  y el primer trimestre del año anterior.
    • Copia Privada de Vídeo, tercer y cuarto trimestre de hace 2 años.
    • Copia Privada procedente del extranjero recibida entre Julio y Diciembre del año anterior.
  • 27 de Septiembre, reparto de los derechos de Copia Privada correspondientes a:
    • Copia Privada de Radios, primer y segundo trimestre del año anterior.
    • Copia Privada de Ventas de Discos, segundo y tercer trimestre del año anterior.
    • Copia Privada de Internet, para las descargas del segundo y tercer trimestre del año anterior.
    • Copia Privada de Vídeo, primer y segundo trimestre del año anterior.
    • Copia Privada procedente del extranjero recibida entre Enero y Junio del año.